Art. Disposición adicional tercera
Capítulo CAPÍTULO VIII

Art. Disposición adicional tercera

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En vigor desde 2 mar 1996
Corresponde al Director del Instituto de Toxicología, respecto a los médicos forenses que desempeñen puestos incluidos en sus relaciones de puestos de trabajo, las funciones que este Reglamento otorga a los Directores de los Institutos de Medicina Legal.
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eli/es/rd/1996/02/23/296#disposicion-adicional-tercera