Art. 384
Libro TRATADO CUARTOTítulo TÍTULO XVIICapítulo DE LOS SOLDADOS DE LA GUARDIA DE PREVENCIÓN

Art. 384

Derogado404 / 463
En vigor desde 1 ene 1984
Los componentes de las patrullas cumplirán las órdenes y consignas particulares establecidas para los distintos cometidos y las generales del centinela que les sean de aplicación y tendrán las facultades y consideración de tal.
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eli/es/rd/1983/11/09/2945#art-384