Libro TRATADO PRIMERO›Título TÍTULO III›Capítulo DEL MANDO DE CUERPO O UNIDAD INDEPENDIENTE
Art. 38
Derogado46 / 463En vigor desde 1 ene 1984
Cuidará del buen funcionamiento de los servicios propios de la Unidad, así como de su continuo adiestramiento, incluso cuando se encuentre alojada en la Base o Acuartelamiento, y dirigirá su administración.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1983/11/09/2945#art-38