Libro TRATADO CUARTO›Título TÍTULO XVII›Capítulo DEL COMANDANTE DE LA GUARDIA DE PREVENCIÓN
Art. 365
Derogado385 / 463En vigor desde 1 ene 1984
Como Comandante de la guardia de prevención se nombrará diariamente un Oficial o Suboficial, según la entidad e importancia de la misma. Dependerá directamente del Jefe de la Base o Acuartelamiento y, fuera de las horas habituales de trabajo, del Jefe o Capitán de cuartel; mantendrá con el Jefe de Seguridad las relaciones que establezca el Plan correspondiente.
Cuando la entidad de esta guardia lo aconseje o se establezca más de un Cuerpo de Guardia, se nombrará también un segundo Jefe, en quien el Comandante delegará aquellas de sus funciones que considere oportuno.
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Proeli/es/rd/1983/11/09/2945#art-365