Art. 299
Libro TRATADO TERCEROTítulo TÍTULO XIIICapítulo DE LA UNIFORMIDAD Y POLICÍA

Art. 299

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En vigor desde 1 ene 1984
En campaña, el militar llevará el uniforme reglamentario con las divisas de su empleo. Si cayera prisionero, el llevarlo probará su condición de militar y, como tal, acogido a los Convenios Internacionales en esta materia.
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eli/es/rd/1983/11/09/2945#art-299