Art. 258
Libro TRATADO SEGUNDOTítulo TÍTULO XCapítulo DEL SERVICIO FARMACÉUTICO

Art. 258

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En vigor desde 1 ene 1984
Donde exista servicio farmacéutico se encargará del suministro y control de productos médicos y veterinarios, especialmente de los de carácter estupefaciente o tóxico, del análisis de agua y de los cometidos que reglamentariamente se le asignen, en colaboración con los servicios de sanidad y vaterinaria.
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eli/es/rd/1983/11/09/2945#art-258