Art. 178
Libro TRATADO SEGUNDOTítulo TÍTULO VIIICapítulo DE LAS GUARDIAS DE ORDENSecc. Del Sargento de Cuartel

Art. 178

Derogado191 / 463
En vigor desde 1 ene 1984
Comprobará frecuentemente la situación, estado y condiciones de seguridad del armamento y munición, así como las del material y utensilio de su Unidad.
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eli/es/rd/1983/11/09/2945#art-178