Art. 169
Libro TRATADO SEGUNDOTítulo TÍTULO VIIICapítulo DE LAS GUARDIAS DE ORDENSecc. Del Sargento de Cuartel

Art. 169

Derogado182 / 463
En vigor desde 1 ene 1984
Dependerá del Oficial de Cuartel, en todo lo relativo a su guardia. Cuando el Oficial de Cuartel pertenezca a otra Unidad podrá recibir órdenes e instrucciones directamente de su Capitán en aquellas actividades que afecten exclusivamente a su Compañía, Escuadrón o Batería. Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 298, de 14 de diciembre de 1983. Ref. BOE-A-1983-32652 .
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eli/es/rd/1983/11/09/2945#art-169