Libro TRATADO SEGUNDO›Título TÍTULO VI
Art. 100
Derogado111 / 463En vigor desde 1 ene 1984
Las Unidades, Centros y Organismos estarán organizados para desarrollar su función y facilitar el cumplimiento de las misiones derivadas de aquélla, reguladas en la normativa reglamentaria. Sus plantillas fijarán las dotaciones de personal, armamento y material.
Las Unidades y Centros se alojan en Bases o Acuartelamientos, en cuyos servicios e instalaciones se apoyan. Los Organismos realizan su función en los Establecimientos en que se ubican.
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Proeli/es/rd/1983/11/09/2945#art-100