Art. Disposición final primera

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 12 mar 2003
Este Real Decreto se dicta al amparo de lo establecido en el artículo 149.1.16.ª de la Constitución y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 40.2 y 4 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.
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