Art. 8
8 / 16En vigor desde 23 abr 2021
1. El importe de las subvenciones reguladas en este real decreto asciende a un total de 361.560.000 euros para el período 2021-2023, distribuidos entre las universidades beneficiarias del modo que se especifica en el anexo I del presente real decreto, en virtud del número de personas que han obtenido el título de doctor o doctora en cada una de ellas en los años 2017, 2018 y 2019 y del número de personal docente e investigador equivalente a tiempo completo que desempeñaba sus funciones en las mismas en el curso 2019-2020.
2. Los importes de las subvenciones que se concedan de acuerdo con lo establecido en el apartado anterior se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 33.50.460A.752 del Presupuesto de Gastos del Ministerio de Universidades.
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Proeli/es/rd/2021/04/20/289#art-8