Art. Disposición final quinta
10 / 11En vigor desde 22 abr 2021
Se habilita a la persona titular del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, y previo informe de la Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones, para realizar el desarrollo normativo de las disposiciones contenidas en este real decreto.
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Proeli/es/rd/2021/04/20/288#disposicion-final-quinta