Art. Disposición transitoria segunda
Capítulo CAPÍTULO VSecc. Sección 2.ª Disposiciones particulares

Art. Disposición transitoria segunda

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En vigor desde 22 abr 2021
Hasta que no se aprueben mediante orden de la persona titular del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital los modelos de remisión de la documentación estadístico-contable de los corredores de seguros, corredores de reaseguros, agentes de seguros vinculados y operadores de banca-seguros serán de aplicación los modelos establecidos en los artículos 7 y 9 del Real Decreto 764/2010, de 11 de junio.
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