Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
1 / 30En vigor desde 22 abr 2021
El objeto de este real decreto es establecer los criterios que definen los conocimientos y aptitudes que deben poseer los distribuidores de seguros y de reaseguros y su personal relevante, el modo en que dichos conocimientos y aptitudes deben ser evaluados y la forma en la que las personas y entidades obligadas podrán acreditarlos, así como regular los libros-registro y la información estadístico-contable, en desarrollo de lo dispuesto en el título I del libro segundo del Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales.
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Proeli/es/rd/2021/04/20/287#art-1