Art. Disposición derogatoria única

Art. Disposición derogatoria única

10 / 95
En vigor desde 21 abr 2013
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este real decreto, y en particular: a) El artículo 1.1.a).1 «Plan hidrológico del Norte I» del Real Decreto 1664/1998, de 24 de julio, por el que se aprueban los planes hidrológicos de cuenca. b) El anexo I «Plan hidrológico Norte I» de la Orden de 13 de agosto de 1999 por la que se dispone la publicación de las determinaciones de contenido normativo de los planes hidrológicos de cuenca del Norte I, Norte II y Norte III, aprobados por el Real Decreto 1664/1998, de 24 de julio.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2013/04/19/285#disposicion-derogatoria-unica