Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª Homologación a títulos del catálogo de títulos universitarios oficiales
Art. 15
15 / 38En vigor desde 4 sept 2004
1. El plazo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de seis meses, a contar desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en cualquiera de los registros del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
2. Según se establece en la disposición adicional vigésima novena de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, y en su anexo 2, la falta de resolución expresa en el plazo señalado permitirá entender desestimada la solicitud de homologación.
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Proeli/es/rd/2004/02/20/285#art-15