Art. Disposición final segunda

Art. Disposición final segunda

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En vigor desde 25 mar 2017
El Real Decreto 1138/2002, de 31 de octubre, por el que se regula la Administración del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en el exterior, queda modificado como sigue: Uno. El artículo 1 queda redactado del siguiente modo: «Las Consejerías de Educación son órganos técnicos de las Misiones Diplomáticas o Representaciones Permanentes de España que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 45.3 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, bajo la dependencia jerárquica del Embajador, dependen orgánica y funcionalmente del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, a través de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades del citado Departamento, a la que corresponde definir las acciones y programas de actuación, su organización interna y dotación presupuestaria, así como su inspección técnica y control, sin perjuicio de las actuaciones de la inspección de servicios del Departamento.» Dos. El apartado 2 del artículo 4 queda redactado en los siguientes términos: «2. Asimismo, dispondrán de los créditos presupuestarios consignados en los Presupuestos Generales del Estado, a través de la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.»
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