Libro LIBRO I›Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 7
12 / 89En vigor desde 27 ene 1999
Son fines esenciales de la Organización Colegial de la Odontología y la Estomatología:
a) La regulación y la ordenación, en el ámbito territorial de su competencia, del ejercicio de la correspondiente actividad profesional.
b) La representación exclusiva de la misma.
c) El dictado, salvaguardia y observancia de sus principios éticos, deontológicos y jurídicos.
d) La promoción permanente de los niveles científico, deontológico, social, cultural, económico y laboral de sus colegiados.
e) La defensa de los intereses profesionales de éstos.
f) La contribución a la consecución del derecho a la protección de la salud bucal y estomatognática de todos los residentes en España, y a la regulación justa y equitativa de su correspondiente asistencia sanitaria.
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Proeli/es/rd/1998/12/23/2828#art-7