Art. 29
Libro REGLAMENTO GENERAL DE VEHÍCULOSTítulo Autorizaciones de circulación de los vehículosCapítulo CAPÍTULO II

Art. 29

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En vigor desde 26 jul 1999
El permiso de circulación y la licencia de circulación se ajustarán, en cuanto a su modelo y contenido, a lo que se indica en el anexo XIII.
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eli/es/rd/1998/12/23/2822#art-29