Art. Disposición final primera
Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 2.ª Régimen económico de la actividad de distribución

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 1 ene 1999
El presente Real Decreto tiene carácter básico al amparo de lo establecido en el artículo 149.1.25.ª de la Constitución.
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