Art. 9

Art. 9

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En vigor desde 10 mar 1994
Las infracciones cometidas por vulnerar lo dispuesto en el presente Real Decreto se sancionarán conforme al Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regula las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria, y conforme a la Ley 14/1986, General de Sanidad.
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eli/es/rd/1994/02/18/280#art-9