Art. 2
2 / 12En vigor desde 10 mar 1995
El Registro Español será llevado por la Subdirección General de Relaciones Económicas Multilaterales y de Desarrollo, de la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales del Ministerio de Asuntos Exteriores.
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Proeli/es/rd/1995/02/24/278#art-2