Capítulo VII. De la Deontología profesional
Art. 61
63 / 78En vigor desde 25 nov 1982
Los acuerdos de las Comisiones territoriales de Deontología serán recurribles en única instancia ante la Comisión Nacional de Deontología y las decisiones de esta última serán firmes dando fin a la vía corporativa, salvo en los casos de suspensión o expulsión que tendrán recursos igualmente ante el Consejo Directivo.
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Proeli/es/rd/1982/09/24/2777#art-61