Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 4
10 / 81En vigor desde 3 mar 2007
La selección de los participantes en los distintos procedimientos a que se refiere este Reglamento será realizada por tribunales y, en su caso, por comisiones de selección u órganos equivalentes nombrados al efecto por la correspondiente Administración educativa.
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Proeli/es/rd/2007/02/23/276#art-4