Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 35
41 / 81En vigor desde 3 mar 2007
Quienes deseen participar en estas convocatorias deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Estar en posesión de las titulaciones que, para el ingreso en los correspondientes cuerpos, se establecen en el artículo 13 de este Reglamento.
b) Haber permanecido en sus cuerpos de procedencia un mínimo de seis años como funcionario de carrera.
c) Acreditar, en su caso, el conocimiento de la lengua cooficial de la Comunidad Autónoma convocante, de acuerdo con su normativa
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2007/02/23/276#art-35