Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 19
25 / 81En vigor desde 3 mar 2007
Previa consulta con las Comunidades Autónomas, reglamentariamente se aprobarán los temarios definitivos que correspondan para los diferentes cuerpos y especialidades.
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Proeli/es/rd/2007/02/23/276#art-19