Art. 2
2 / 13En vigor desde 6 jun 2007
1. Los servicios regionales de la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional forman parte del área de Fomento de la Delegación del Gobierno respectiva y dependerán directamente del Director de área.
2 y 3. (Derogados) .
Se derogan los apartados 2 y 3 por la disposición derogatoria única.b) del Real Decreto 663/2007, de 25 de mayo. Ref. BOE-A-2007-11076#ddunica .
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1998/12/18/2724#art-2