Art. Preambulo
En vigor desde 17 dic 1976
La Mancomunidad de los Canales del Taibilla, Organismo autónomo adscrito al Ministerio de Obras Públicas, creada por Real Decreto-ley de cuatro de octubre de mil novecientos veintisiete, fue reorganizada por Ley de veintisiete de abril de mil novecientos cuarenta y seis y por Decreto-ley de diez de agosto de mil novecientos cincuenta. Desde esta última fecha no se ha dictado ninguna disposición específica que modifique la organización administrativa, por lo que su estructura operativa ha tenida que adaptarse a las circunstancias que en cada momento se venían presentando mediante simples normas de régimen interior.
La importancia y complejidad de las funciones que deben desarrollarse por la Mancomunidad y el constante aumento poblacional del área geográfica servida por los Canales del Taibilla, así como los avances tecnológicos y la incorporación de distintos sistemas de suministro de agua, junto con la mayor atención al usuario en los aspectos técnicos, económicos y administrativos, aconsejan actualizar la estructura orgánica de los diferentes servicios del Organismo.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Obras Públicas, con la aprobación de la Presidencia del Gobierno, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veintinueve de octubre de mil novecientos setenta y seis,
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Proeli/es/rd/1976/10/30/2714#preambulo-preambulo