Art. Disposición final segunda

Art. Disposición final segunda

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En vigor desde 17 dic 1976
Quedan derogadas las disposiciones orgánicas reguladoras de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla en cuanto se opongan al presente Real Decreto. Los preceptos del mismo no afectarán, en ningún caso, a la situación establecida por disposiciones anteriores en relación con la base naval de Cartagena.
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eli/es/rd/1976/10/30/2714#disposicion-final-segunda