Art. Disposición final tercera

Art. Disposición final tercera

17 / 18
En vigor desde 13 mar 2008
El titular del Ministerio de Medio Ambiente dictará las disposiciones y resoluciones necesarias para la aplicación de lo dispuesto en este real decreto.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2008/02/22/266#disposicion-final-tercera