Art. Disposición final primera
21 / 23En vigor desde 19 abr 2017
Este real decreto se dicta al amparo de lo previsto en los artículos 149.1.23.ª y 25.ª de la Constitución Española, que atribuyen al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación básica sobre protección del medio ambiente y de bases del régimen minero y energético, respectivamente.
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Proeli/es/rd/2017/03/17/264#disposicion-final-primera