Art. 19

Art. 19

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En vigor desde 19 abr 2017
Los beneficiarios quedarán sometidos a las responsabilidades y al régimen sancionador que sobre infracciones administrativas en materia de subvenciones establece el título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Asimismo, quedarán sometidos a lo dispuesto en la sección 2.ª del capítulo II del título IV de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
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