Capítulo CAPÍTULO III
Art. 9
16 / 30En vigor desde 19 ene 1986
Cuando se trate de variaciones de emplazamiento de antena que pueda promover la propiedad del inmueble conforme a lo previsto en el artículo 2.º, párrafo último, de la Ley 19/1983 se estará a lo dispuesto en el artículo 545 del Código Civil.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1986/11/21/2623#art-9