Art. 5
Capítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 2.ª Medios

Art. 5

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En vigor desde 2 may 2019
Para el desempeño de sus funciones, las Consejerías y Agregadurías del Departamento dispondrán del personal contemplado en las correspondientes relaciones de puestos de trabajo para el personal funcionario y para el personal laboral del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
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