Art. 8
Título TÍTULO II

Art. 8

Derogado8 / 55
En vigor desde 15 ene 2002
(Derogado) Se deroga por la disposición derogatoria única del Real Decreto 1440/2001, de 21 de diciembre. Ref. BOE-A-2002-799 Téngase en cuenta para su aplicación la disposición transitoria única.

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Pro

eli/es/rd/1996/12/20/2611#art-8