Art. 69
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 2.ª Del procedimiento

Art. 69

73 / 88
En vigor desde 28 feb 2008
1. De acuerdo con lo previsto en el artículo 59 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, el notificante podrá presentar compromisos ante la Dirección de Investigación: a) En primera fase, en un plazo de hasta veinte días a contar desde la notificación en forma de la concentración a la Comisión Nacional de la Competencia. b) En segunda fase, en un plazo de hasta treinta y cinco días a contar desde el acuerdo del Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia de inicio de la segunda fase del procedimiento. 2. Cuando se ofrezcan compromisos, el notificante indicará motivadamente, al tiempo de su presentación, cualquier información que tenga carácter confidencial y proporcionarán por separado una versión no confidencial de los mismos. 3. La Dirección de Investigación trasladará la propuesta de compromisos del notificante al Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia para su conocimiento. 4. La Dirección de Investigación examinará los compromisos presentados por el notificante y podrá solicitar la modificación de los mismos cuando considere que son insuficientes para eliminar los posibles obstáculos a la competencia que puedan derivarse de la operación. 5. Los compromisos presentados en primera fase sólo podrán ser aceptados cuando el problema de competencia detectado sea claramente identificable y pueda ser fácilmente remediado. 6. El notificante deberá presentar las propuestas de modificación de compromisos dentro de los plazos indicados en el apartado 1 del presente artículo. Transcurridos dichos plazos, la Dirección de Investigación no está obligada a considerar los compromisos propuestos o sus modificaciones. 7. La propuesta de compromisos definitiva del notificante quedará recogida en la propuesta de resolución de la Dirección de Investigación en orden a someterse a la valoración del Consejo de la Comisión Nacional de Competencia.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2008/02/22/261#art-69