Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 3.a De la Junta de Gobierno
Art. 38
43 / 83En vigor desde 5 abr 2002
A las sesiones de Junta de Gobierno podrán asistir con voz pero sin voto los Decanos de la Junta de Gobierno Territorial, así como colegiados convocados especialmente por ella para tratar algún asunto.
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Proeli/es/rd/2002/03/08/261#art-38