Art. 86
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO XI

Art. 86

92 / 125
En vigor desde 20 dic 1998
La solicitud de reproducciones devengará el derecho al cobro del precio establecido, de acuerdo con la legislación vigente sobre precios públicos.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/1998/12/04/2598#art-86