Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO XI
Art. 86
92 / 125En vigor desde 20 dic 1998
La solicitud de reproducciones devengará el derecho al cobro del precio establecido, de acuerdo con la legislación vigente sobre precios públicos.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1998/12/04/2598#art-86