Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO IX›Secc. Sección 1.ª De los edificios, locales e instalaciones de archivos
Art. 59
65 / 125En vigor desde 20 dic 1998
Los archivos centrales, intermedios e históricos del Sistema Archivístico de la Defensa contarán con un área de depósitos destinada en exclusiva a la conservación de los documentos.
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Proeli/es/rd/1998/12/04/2598#art-59