Art. Disposición transitoria única

Art. Disposición transitoria única

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En vigor desde 20 may 2021
Los títulos náutico-deportivos de patrón de moto náutica “A”, “B” y “C” emitidos antes del 1 de julio de 2019 conservarán su validez, pudiendo ser renovados. Se modifica por la disposición final 1.6 del Real Decreto 339/2021, de 18 de mayo. Ref. BOE-A-2021-8268#df Se añade por el .8 del Real Decreto 238/2019, de 5 de abril. Ref. BOE-A-2019-6481 Esta disposición entra en vigor el 1 de julio de 2019, según determina la disposición final única del citado Real Decreto.

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eli/es/rd/2002/03/08/259#disposicion-transitoria-unica