Art. Preambulo

Art. Preambulo

En vigor desde 4 ene 1997
Los cambios producidos en la organización de los Ministerios por los recientes Reales Decretos de reestructuración de los mismos, así como las modificaciones competenciales introducidas a través de normas posteriores a su regulación inicial, aconsejan la revisión de la estructura organiza básica del Instituto Nacional de la Seguridad Social, entidad gestora de la Seguridad Social, y de la Tesorería General de la Seguridad Social, servicio común del sistema, en cumplimiento de lo establecido en la disposición final tercera del Real Decreto 839/1996, de 10 de mayo. En dicha revisión se han tenido en cuenta los mismos criterios de racionalización y simplificación de estructuras que han estado presentes en las reorganizaciones de los Departamentos ministeriales. En su virtud, a iniciativa del Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, a propuesta del Ministro de Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de diciembre de 1996, DISPONGO:
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eli/es/rd/1996/12/13/2583#preambulo-preambulo