Art. 6
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 6

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En vigor desde 30 dic 2021
Compete a la Secretaría General: 1. El estudio y propuesta de la planificación estratégica de la entidad y de los elementos organizativos de sus servicios, en coordinación con las subdirecciones generales. 2. La comunicación institucional y relaciones externas, así como la asistencia técnica a los miembros del Consejo General. 3. La información y comunicación con los ciudadanos. 4. La programación, ordenación y control de la red de centros de atención e información de la Seguridad Social (CAISS) e instalaciones. 5. La promoción e implantación de procesos de mejora continua en la entidad. 6. La planificación, dirección, ejecución y evaluación de las actividades de control e inspección de los servicios, así como de la gestión de la calidad de estos. 7. La coordinación de las subdirecciones generales. Se modifica por el .1 del Real Decreto 1152/2021, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2021-21657 Se modifica el apartado 6 por el art. único.3 del Real Decreto 1010/2017, de 1 de diciembre. Ref. BOE-A-2017-15283 Se modifica por el art. único.3 del Real Decreto 449/2012, de 5 de marzo. Ref. BOE-A-2012-3158 . Se añaden los apartados 6 a 10 por el art. único.2 del Real Decreto 666/2007, de 25 de mayo. Ref. BOE-A-2007-11209 . Se modifica por el art. único.2 del Real Decreto 469/2003, de 25 de abril. Ref. BOE-A-2003-9618 .

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/1996/12/13/2583#art-6