Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección sexta. De las comunicaciones y notificaciones
Art. 194
195 / 245En vigor desde 23 dic 1986
La notificación se practicará con arreglo a lo dispuesto en la legislación sobre procedimiento administrativo común.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1986/11/28/2568#art-194