Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección quinta. De los honores y distinciones
Art. 191
192 / 245En vigor desde 23 dic 1986
Los requisitos y trámites necesarios para la concesión de los honores y distinciones a que se refieren los dos artículos precedentes, se determinarán en Reglamento especial.
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Proeli/es/rd/1986/11/28/2568#art-191