Real Decreto 2551/1994, de 29 de diciembre, por el que se establecen las condiciones de sanidad animal y sanitarias aplicables a los intercambios e importaciones de productos no sometidos, con respecto a estas condiciones, a las normas especificas establecidas en el capítulo I del anexo A del Real Decreto 49/1993, de 15 de enero, y, por lo que se refiere a los patógenos, en el Real Decreto 1316/1992, de 30 de octubre
Real Decreto

Real Decreto 2551/1994, de 29 de diciembre, por el que se establecen las condiciones de sanidad animal y sanitarias aplicables a los intercambios e importaciones de productos no sometidos, con respecto a estas condiciones, a las normas especificas establecidas en el capítulo I del anexo A del Real Decreto 49/1993, de 15 de enero, y, por lo que se refiere a los patógenos, en el Real Decreto 1316/1992, de 30 de octubre

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Disposiciones generales
Disposiciones aplicables a los intercambios intracomunitarios
Disposiciones aplicables a las importaciones en la Comunidad Europea desde terceros países
Productos de origen comunitario que hayan transitado por países terceros
Leche, productos lácteos y calostro no destinados al consumo humano
Tripas de animales
Pieles de ungulados no sujetas a lo dispuesto en los Reales Decretos 147/1993, de 29 de enero, y 110/1990, de 26 de enero, y que no han sido sometidas a determinados procesos de curtido
Alimentos en los que se han incorporado materias de bajo riesgo con arreglo a la definición del Real Decreto 2224/1993, de 17 de diciembre, sobre normas sanitarias de eliminación y transformación de animales muertos y desperdicios de origen animal y protección frente a agentes patógenos en piensos de origen animal
Huesos y productos óseos (excluida la harina de huesos), cuernos y productos córneos (excluida la harina de asta pulverizada), pezuñas y productos a base de pezuñas (excluida la harina de pezuña) destinados al consumo humano
Proteínas animales elaboradas destinadas al consumo humano
Sangre y productos sanguíneos de ungulados y aves de corral (excepto el suero de équidos)
Sueros procedentes de équidos
Manteca de cerdo y grasas fundidas
Materias primas para la elaboración de alimentos para animales y de productos farmacéuticos o industriales
Carnes de conejo y carnes de caza de cría
Productos apícolas
Trofeos de caza
Lana, pelo, cerdas, plumas y trozos de pluma no elaborados
Importaciones a partir de países terceros de productos cárnicos obtenidos a partir de carne de aves de corral, de caza de cría, de caza salvaje y carne de conejo
Legislación veterinaria
sezione Sección 1.ª
sezione Sección 2.ª
Legislación zootécnica