Art. 18
Título TÍTULO II

Art. 18

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En vigor desde 14 dic 1986
La notificación será realizada a través de la oficina provincial de la MUNPAL a la Corporación Local o Entidad solicitante, en el plazo máximo de cinco días siguientes a la recepción de la resolución de la Dirección Técnica.
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eli/es/rd/1986/11/14/2531#art-18