Art. 9
9 / 14En vigor desde 8 may 2023
1. Los elementos básicos de la imagen corporativa e identidad gráfica de la Red de Parques Nacionales están protegidos por los correspondientes derechos de propiedad industrial.
2. La utilización de cualquiera de los elementos básicos de la imagen corporativa e identidad gráfica de la Red de Parques Nacionales sin la correspondiente autorización o contraviniendo lo establecido en el manual conllevará las correspondientes acciones de defensa de su buen uso.
3. Cuando alguna de las administraciones gestoras de los parques nacionales o aquellos autorizados para el uso de los elementos básicos de la imagen corporativa e identidad gráfica de la Red tenga conocimiento de un uso indebido de los mismos, se lo comunicará al Organismo Autónomo Parques Nacionales para que pueda adoptar las acciones oportunas.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2023/04/04/253#art-9