Capítulo CAPITULO I
Art. 7
10 / 52En vigor desde 19 nov 1978
La sede oficial del Colegio radicará en Madrid, sin perjuicio de crear en su día, si procede, las delegaciones que se estimen conveniente.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1978/07/26/2518#art-7