Art. 7

Art. 7

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En vigor desde 14 nov 2025
1. Dependen de la Dirección General las siguientes unidades con nivel orgánico de subdirección general: a) Secretaría General. b) Subdirección General de Personal. c) Subdirección General Económico-Administrativa. 2. Corresponde a la Secretaría General: a) La supervisión y dirección de los asuntos de personal y de los económico-administrativos del INAEM. b) La coordinación de las Subdirecciones Generales de Personal y Económico-Administrativa. c) Cuantas funciones le encomiende la Dirección General. 3. Corresponde a la Subdirección General de Personal: a) La gestión de los recursos humanos. b) La inspección y la tramitación de expedientes sancionadores, dentro de las atribuciones del organismo. c) La negociación y cumplimiento de los Convenios Colectivos del personal laboral. 4. Corresponde a la Subdirección General Económico-Administrativa: a) El ejercicio de las funciones de gestión económico-administrativa y financiera. b) La elaboración del anteproyecto de presupuestos. c) La gestión de los servicios generales y de régimen interior. Se modifica por el .2 del Real Decreto 1028/2025, de 12 de noviembre. Ref. BOE-A-2025-22948

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Pro

eli/es/rd/1996/12/05/2491#art-7