Art. 8

Art. 8

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En vigor desde 8 abr 2021
1. El solicitante deberá acompañar a la solicitud de la siguiente documentación: a) La declaración responsable contenida en el anexo I de este real decreto donde se compromete a inscribir la máquina cuya adquisición ha sido financiada, en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola, según establece el Real Decreto 448/2020, de 10 de marzo. b) En el caso de agrupaciones de tratamientos integrados en agricultura y las agrupaciones de defensa sanitaria ganadera, documentación que acredite la constitución y la actividad de la agrupación. c) En el caso de personas físicas o jurídicas que prestan servicios agromecánicos con maquinaria agrícola a la agricultura, deben presentar el certificado de inscripción censal de fecha actual que acredite el epígrafe de actividades económicas según lo establecido en el artículo 3.b). d) Factura proforma de la máquina con base en la cual se solicita la ayuda, que deberá identificar al emisor, y en la que deben aparecer detallados los siguientes conceptos: 1.º Datos identificativos del adquirente. 2.º Marca, modelo y versión del tractor o máquina adquiridos. 3.º El precio neto, sin IVA o IGIC. 4.º El IVA o IGIC. e) La declaración responsable contenida en el anexo II de que la maquinaria adquirida cumple con los requisitos establecidos en el artículo 4.3 de este real decreto. f) El anexo III del presente real decreto debidamente cumplimentado, que contiene un modelo de declaración sobre la no concurrencia de las circunstancias del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, de acuerdo con lo señalado por el artículo 4. g) Una declaración referida a las ayudas de minimis obtenidas durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso que estén sujetas al Reglamento (UE) n.º 1407/2013, de 18 de diciembre de 2013, al Reglamento (UE) n.º 1408/2013 , de 18 de diciembre de 2013, o a otros reglamentos de minimis . h) Una declaración de no ser deudor por procedencia de reintegro de cualquier subvención pública. 2. La presentación de la solicitud implica: a) La autorización a SAECA para recabar de la Tesorería General de la Seguridad Social información relativa al cumplimiento de las obligaciones de la Seguridad Social en los términos previstos en el artículo 23.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar los correspondientes certificados junto con la solicitud en los términos previstos en el artículo 22 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. A estos efectos, cuando la cuantía de la subvención concedida no supere los 3.000 euros, el solicitante podrá presentar declaración responsable de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social, que sustituirá a la presentación de las certificaciones. b) La potestad de SAECA de comprobar los datos de identidad del representante de la entidad o de la persona física, mediante consulta al Sistema de Verificación de Datos de Identidad previsto en el artículo único, apartado 3, del Real Decreto 522/2006, de 28 de abril, por el que se suprime la aportación de fotocopias de documentos de identidad en los procedimientos administrativos de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos vinculados o dependientes. No obstante, el interesado podrá denegar expresamente el consentimiento debiendo aportar entonces copia del DNI, NIF o pasaporte o documento equivalente en caso de extranjeros, de acuerdo con lo previsto en el citado artículo. Asimismo, el interesado podrá dar su conformidad expresa para que el órgano instructor recabe de la Agencia Estatal de Administración Tributaria información relativa al cumplimiento de las obligaciones tributarias en los términos previstos en el artículo 23.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar los correspondientes certificados junto con la solicitud en los términos previstos en el artículo 22 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. c) La autorización a SAECA para consultar la inscripción en el Registro General de la Producción Agrícola (REGEPA) o en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA) como titulares de una explotación agraria, o solicitud de inscripción. 3. Cuando la documentación a la que se refiere el apartado 2 sea aportada por el propio solicitante, la Subdirección General de Análisis, Coordinación y Estadística, a través de SAECA, podrá efectuar las verificaciones necesarias para comprobar la exactitud de los datos. 4. En el documento mediante el que se realicen las declaraciones relativas al cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, en su caso, y en el de no ser deudor por procedencia de reintegro de cualquier subvención pública, el interesado manifestará, bajo su responsabilidad, que no concurre con las circunstancias previstas en las letras e) y g), respectivamente, del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, que dispone de la documentación que así lo acredita, que la pondrá a disposición de la Administración cuando le sea requerida, y que se compromete a mantener el cumplimiento de las anteriores obligaciones durante el período de tiempo inherente a dicho reconocimiento o ejercicio, de acuerdo con lo señalado por el artículo 4. 5. El interesado deberá presentar antes de que transcurra un mes desde la finalización del plazo de presentación de las solicitudes la factura correspondiente a la máquina con base en la cual se solicita la subvención, que deberá corresponder en su contenido a la factura proforma presentada con la solicitud según lo dispuesto en el apartado 1.d).
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